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Licitación pública abreviada Tecnología y telecomunicaciones Nuevo Cierra en 8 días hábiles (estimado)

Adquisicion de licencia de software de ofimatica para el IOARR: adquisicion de servidor, equipos de otros activos complementarios, impresora y mobiliario de ambiente complementarios; en el (la) ademas de otros activos en el hospital regional de moquegua, distrito de moquegua, provincia mariscal nie.

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA SEDE CENTRAL · Moquegua

LP-ABR-45-2026-GRM-1

Valor estimado
Monto no publicado
Postores aquí
5,5
en promedio en esta entidad
Se adjudica al
95 %
del valor, en lo típico
Ganador frecuente
No hay uno fijo

Etapas del proceso

  1. Convocatoria

    16 oct 2026

    La entidad publica el proceso y sus bases en el SEACE.

  2. Consultas y observaciones · lo que sigue

    21 oct 2026

    Hasta esta fecha puedes preguntarle a la entidad o pedirle cambios a las bases.

  3. Integración de bases

    Sin dato

    La versión final de las bases, ya con las respuestas a las consultas.

  4. Presentación de ofertas

    Hacia el 28 oct 2026 (estimado)

    El OECE no publica esta fecha. La calculamos con lo que suelen durar los procesos de este tipo. Confírmala en las bases.

  5. Buena pro

    Sin dato

    La entidad anuncia a quién le adjudica el contrato.

Agrega cada fecha a tu calendario

Se abre tu calendario con el evento ya llenado. Solo dale guardar.

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Tu checklist para postular

  1. Revisa que tu RNP (Registro Nacional de Proveedores) esté vigente en el capítulo de bienes.
  2. Lee las bases completas. Abajo te resumimos requisitos, puntajes y garantías con su página.
  3. Si algo no está claro, haz tu consulta antes del 21 oct.
  4. Arma tu oferta con tus costos y preséntala en el SEACE.
Descarga tus anexos 1, 2 y 3 ya llenados

¿Primera vez con los anexos? Mira qué es cada documento y quién lo firma

La decisión de postular es tuya. Verifica siempre en el SEACE.

Lo que piden las bases

Leído sin IA, con reglas fijas para el formato de las bases estándar, de las bases oficiales. Puede faltar algún dato. Cada dato lleva la página de donde sale. Revísalo en las bases antes de postular.

Pon tu RUC y cruzamos estas bases con tu historial con el Estado. Te decimos qué cumples y qué te falta.

Sin crear cuenta. No te pedimos clave SOL ni tu usuario del SEACE.

Frente a las bases estándar del MEF

No vimos nada que pase los límites del formato estándar en la experiencia que piden ni en los puntos de los factores.

Lo que escribió la entidad y no viene en el formato (26)

Son las oraciones de los requisitos, los factores y los documentos de admisión que no están en las bases estándar. Ahí está lo propio de este proceso.

  • Se evaluará en función a la oferta de capacitación entre dos (02) a diez (10) personas entre personal del área de Unidad de Estadística e Informática del Hospital Regional de Moquegua y al personal técnico que labora en el Gobierno Regional de Moquegua (Area Usuaria y ORTIC) en: -Introducción General del equipo y aplicación -Montaje e Instalación -Configuración y Puesta en Marcha -Operación y Manejo Seguro -Mantenimiento y Conservación La capacitación será presencial, en el área funcional de informática del Hospital Regional de Moquegua. (pág. 51)
  • Es válido el sello colocado por el cliente del postor (sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”). ² De acuerdo con el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas (IGV). ³ Se entiende como “privados” como aquellos que no son entidades contratantes. (pág. 31)
  • El informe N° 5050-2026-GRM/ORA-OLSG; el informe N° 1102-2026-GRM/GGR-ORAJ; el informe N° 4841-2026-GRM/ORA-OLSG; el memorando N° 082-2026-GRM/GGR-ORTIC; la Resolución Administrativa N° 305-2025-DIRESA-HRM/ADM; y CONSIDERANDO: (pág. 34)
  • Que, según el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias por Ley N° 27902, Ley N° 28926 y Ley N° 28968, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a ley. (pág. 34)
  • N° 009-2025-EF, establecen las normas orientadas a maximizar el uso de los recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de eficacia, eficiencia y economía, de modo que las contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fines públicos y mejoren las condiciones de vida de la población. (pág. 34)
  • Que el reglamento de la Ley N° 32069, en su artículo 44.1 si bien señala que las entidades contratantes al determinar sus requerimientos, atienden una necesidad para el cumplimiento de la finalidad pública, promoviendo el valor por dinero, también deja establecido en el artículo 44.6, que el requerimiento no incluya exigencias desproporcionadas e innecesarias que limiten la concurrencia o favorezcan a determinado proveedor ni hace referencia a procedencia, fabricante, marca, patente, origen o tipos de producción, ni descripción que oriente la contratación hacia ellos, salvo que la autoridad de (pág. 34)
  • Que, en ese sentido, la Directiva N° 0001-2025-EF/54.01, de Compatibilización del Requerimiento, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/54.01, preceptúa que éste es un proceso de racionalización que realiza la entidad contratante, que consiste en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en atención a los equipamientos preexistentes, siendo que se sustenta en criterios técnicos y objetivos, con la finalidad de garantizar su funcionalidad, operatividad o valor económico, como así fija el artículo (pág. 34)
  • Que la Directiva de Compatibilización de Requerimiento establece en el artículo 6.1, la obligatoriedad del área usuaria de elaborar el informe técnico sustentando la necesidad de realizar la compatibilización del requerimiento, siendo que la misma deberá ser aprobada por la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante, sobre la base del informe técnico emitido por el área usuaria, tal como así señala en el artículo 6.3 de la misma norma legal. (pág. 34)
  • Que, con vista al documento “Informe Técnico de Compatibilización de Software Microsoft Office”, de 21 de julio de 2025, elaborado y suscrito por la responsable de la evaluación de la Unidad de Estadística e Informática, del Hospital Regional de Moquegua, Ing° Katherine de los Milagros Elias Quispe, se aprecia que sustenta la necesidad de realizar la compatibilización de requerimiento de las licencias de software de ofimática de Microsoft Office 2019. (pág. 34)
  • Standard 2019, con vigencia a perpetuidad, de modo que garantiza que los usuarios del Hospital Regional de Moquegua, como área usuaria, puedan operar de manera más eficiente, mejorando la productividad y la colaboración en la gestión administrativa. (pág. 34)
  • Que, estando a los antecedentes documentales gestionados y desarrollados por el área usuaria; y lo manifestado por la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación en su informe N° 082-2026-GRM/GGR-ORTIC, es que la jefatura de la Oficina de Logística y Servicios Generales, solicita mediante los informes N° 5050-2026-GRM/ORA-OLSG y N° 4841-2026-GRM/ORA-OLSG, la emisión de acto resolutivo respecto de la compatibilización de Software Microsoft Office para 32 MOQUEGUA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN Resolución Administrativa Regional Nº 516 - 2026-ORA/GR.MOQ Fecha: (pág. 34)
  • 07 de Octubre del 2026 el Hospital Regional de Moquegua; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Gerencial General Regional N° 083-2025-GGR/GR.MOQ, y visaciones respectivas; (pág. 35)
  • APROBAR la COMPATIBILIZACIÓN DEL REQUERIMIENTO de los bienes propuestos por la Unidad de Estadística e Informática del Hospital Regional de Moquegua, contenido en el Informe Técnico de Compatibilización de Software Microsoft Office, de 21 de julio de 2025. (pág. 35)
  • DISPONER que la compatibilización a que se contrae el artículo precedente, es aprobada por un periodo de dos (02) años, contados desde la emisión del indicado informe sustentatorio, y estará sujeta a que se mantengan inalterables las condiciones que motivaron su aprobación, quedando sin efecto de producirse alguna variación que determinó su compatibilización. (pág. 35)
  • DISPONER que la compatibilización del requerimiento que se aprueba, no implica la exoneración de las actuaciones preparatorias, selección, ni ejecución contractual, establecidas en la normativa vigente sobre Contrataciones Públicas del Estado. (pág. 35)
  • ENCARGAR a la Oficina de Logística y Servicios Generales, el cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución y la realización de las diligencias necesarias para el procedimiento de selección. (pág. 35)
  • NOTIFICAR copia de la presente resolución a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Oficina de Logística y Servicios Generales, Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación y Hospital Regional de Moquegua, para su conocimiento y fines pertinentes. (pág. 35)
  • 33 Nº 305-2025-DIRESA-HRM/ADM MOQUEGUA Resolución Administrativa Moquegua, 12 de agosto de 2025 VISTOS: (pág. 35)
  • Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, tiene como objetivo regular la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; (pág. 36)
  • Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0101-2011-GR/MOQ, del 15 de febrero del 2011, se resuelve crear la Unidad Ejecutora 402 Hospital Regional de Moquegua, en el Pliego N° 455 Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para el logro de objetivos y la contribución a la mejora de la calidad y cobertura del servicio público de salud y que por la función relevante la administración de la misma requiere independencia para garantizar su operatividad, teniendo como representante legal a su director; (pág. 36)
  • Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, establecen las normas orientadas a maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de eficacia, eficiencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fines públicos y mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos; (pág. 36)
  • Que, así, se configura un nuevo marco normativo orientado a efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obra; así como regular la participación de los actores involucrados en los procesos de contratación pública, quedando derogada la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF; (pág. 36)
  • Es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad. (pág. 36)
  • Que, conforme a lo establecido en el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley, la Autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que dicha Ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; (pág. 36)
  • “El requerimiento no incluye exigencias desproporcionadas e innecesarias que limiten la concurrencia o favorezcan a determinado proveedor ni hace referencia a 34 Nº 305-2025-DIRESA-HRM/ADM Resolución Administrativa Moquegua, 12 de agosto de 2025 procedencia, fabricante, marca, patente, origen o tipos de producción, ni descripción que oriente la contratación hacia ellos, salvo que la autoridad de la gestión administrativa haya aprobado el correspondiente proceso de compatibilización del requerimiento, conforme a las disposiciones que establezca la DGA mediante directiva”. (pág. 36)
  • Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer las disposiciones que las entidades contratantes deben observar cuando, de manera excepcional, requieran hacer referencia en el requerimiento para la contratación de bienes o servicios a la procedencia, fabricante, marca, patente, origen o tipos de producción, o la descripción que oriente la contratación hacia ellos. (pág. 37)

Comparado con las bases estándar de licitación pública abreviada para bienes (RD 0001-2026-EF/54.01). No quiere decir que algo esté mal: es dónde mirar. Si un requisito te parece que limita la competencia sin razón, puedes formular una consulta u observación en su etapa del cronograma.

Experiencia que piden

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/. 240,000.00 (Doscientos cuarenta mil con 00/100 soles), por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los diez años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computan desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. Se consideran bienes similares a los siguientes: VENTA DE TODO TIPO DE EQUIPOS INFORMATICOS EN GENERAL, LICENCIAS DE OFIMATICA Y/O VENTAS DE NETWORKING. Monto mínimo S/ 240,000. (pág. 31)

La experiencia en la especialidad es lo que ya facturaste en contratos parecidos y puedes demostrar.

Cómo se reparten los puntos

  • Oferta económica (pág. 52)40 pts
  • Plazo de entrega (pág. 52)30 pts
  • Garantía comercial del postor (pág. 52)20 pts
  • Capacitación al personal de la entidad contratante (pág. 52)10 pts

Capacidad técnica y profesional

  • Técnico y/o Ingeniero titulado en Sistemas e Informática y/o Telecomunicaciones y/o Computación e Informática y/o Electrónica o afines con experiencia de 02 años en implementación y/o soporte de equipos de seguridad perimetral y/o networking y/o implementación de centro de datos del personal clave requerido desempeñándose como Técnico o Ingeniero. (pág. 47)

Personal clave

  • Técnico o Ingeniero. None rónica o afines con experiencia de 02 años en implementación y/o soporte de equipos de seguridad perimetral y/o networking y/o implementación de centro de datos (pág. 47)

Documentos y anexos obligatorios

Ver la guía de documentos para licitar

Plazo y pago

Forma de pago. PAGO UNICO. (pág. 26)

Referencia de montos

En los últimos dos años, en esta entidad, en bienes, lo típico fue adjudicar el 95 % del valor referencial. La mitad de los casos quedó entre 83 % y 100 %.

Son 172 adjudicaciones, con un monto mediano de S/ 121,114.

El valor referencial es el monto que la entidad estimó para la compra. Esto es historia de procesos que ya cerraron, no una recomendación de precio. Tu oferta la decides tú con tus costos y lo que piden las bases.

Quiénes suelen ganar aquí

Ganadores de los últimos dos años en esta entidad, en bienes.

Estos datos salen de los datos abiertos del OECE (proceso ocds-dgv273-seacev3-1258614). Verifica siempre en el SEACE antes de postular.

Las bases